Sunat solo podrá acceder a información de cuentas bancarias con más de S/ 30,800

El ministro de Economía, Waldo Mendoza, anunció que el Gobierno emitirá una norma que establecerá algunos ajustes a la disposición de Sunat que le permite acceder a información de manera detallada sobre las cuentas de depósito de las personas que tengan montos iguales o mayores a S/ 10.000. Adelantó que ahora será para clientes del sistema bancario que tengan más de 30.800 soles.

Además, ahora la información bancaria ya no se enviará de manera mensual, sino semestral.

“Esta semana publicaremos un decreto supremo haciendo algunos ajustes (…) Nos parece más razonable y eso fue por escuchar al sector privado con el que siempre hay que dialogar”, dijo el ministro en dialogo con La República.

Como se recuerda, esta medida está establecida para evitar la elusión y evasión tributaria, razón por la que “el Perú tiene una presión tributaria baja. Desde 1970 hacia delante, estamos dando vueltas en alrededor del 14%”.

Fuente: Rpp.pe

Sunat no sancionará infracciones cometidas antes de la cuarentena

Discrecionalidad evitará que miles de contribuyentes se trasladen a las sedes de la SUNAT para subsanar faltas. Como parte de las medidas para promover la reactivación económica y las actividades comerciales de los negocios, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) ejercerá su facultad discrecional para no aplicar sanciones a las infracciones cometidas antes de la cuarentena, establecida por el Gobierno para enfrentar la pandemia por la COVID – 19.

La Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N° 000001-2021-SUNAT/700000, publicada en la edición extraordinaria del boletín de normas legales del diario oficial El Peruano, establece que la SUNAT no sancionará determinadas infracciones incurridas hasta el 15 de marzo de 2020, en las que se requiere el traslado de los contribuyentes a sedes administrativas para subsanarlas.

Entre las infracciones que serán tratadas con discrecionalidad destacan la de no emitir y/o no otorgar comprobantes de pago, no exhibir libros y registros, no proporcionar información o documentación que sea requerida por la SUNAT sobre las actividades del contribuyente o aquellas que realizó con terceros y, por último, no presentarse a una reunión programada o hacerlo fuera del plazo establecido.

Cabe precisar, que el alcance de la medida comprenderá a las personas naturales con negocio y los contribuyentes del Nuevo RUS, es decir, las pequeñas y medianas empresas o aquellos emprendimientos que actualmente tienen un rol protagónico promoviendo la reactivación de los diferentes sectores de la economía.

Fuente: SUNAT

Acceso a información financiera dirigido a los evasores tributarios y no a los buenos contribuyentes

Una entidad fiscal que no tenga esa herramienta difícilmente podrá evitar que se sigan eludiendo impuestos. Secretario ejecutivo del CIAT sostuvo reunión virtual con el titular de la SUNAT.

Los evasores de impuestos, y no los buenos contribuyentes, son el objetivo de medidas que permiten a la mayoría de las entidades tributarias del mundo acceder parcialmente a los datos de las cuentas bancarias, afirmó el secretario ejecutivo del Centro Interamericano de Administraciones Tributarias (CIAT), Márcio Ferreira Verdi.

Esa herramienta permite a las entidades fiscales concentrar sus esfuerzos en aquellas personas y empresas cuyas cuentas tienen inconsistencias o presentan indicios de evasión e incremento patrimonial, explicó.

En ese sentido, consideró positivo que la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) “se una a los más de 160 países” que son parte del Foro Global sobre Transparencia de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), y que cuentan con esa herramienta de transparencia financiera.

“Con el acceso (parcial) a los datos bancarios, la SUNAT podrá fortalecer el combate a la evasión con más eficacia, aumentando la lucha contra los evasores y facilitando la vida a los demás contribuyentes”, manifestó luego de sostener una reunión virtual con el jefe de la administración tributaria y aduanera del Perú, Luis Enrique Vera.

“Una administración tributaria que no tenga acceso a la información financiera difícilmente podrá cumplir con su misión de recaudar los recursos necesarios para sus economías”, añadió Ferreira Verdi, de nacionalidad brasilera.

Este mes se aprobó el Decreto Supremo N° 430-2020-EF, que reglamenta el Decreto Legislativo N° 1434, que detalla la información financiera (saldos y/o montos acumulados, promedios o montos más altos y los rendimientos generados de las cuentas bancarias) que las empresas del Sistema Financiero deben suministrar a la SUNAT para el combate de la evasión y elusión tributarias.

Ferreira Verdi refirió que uno de los principales logros de las administraciones tributarias del mundo durante la década pasada fue acceder a determinados datos de las cuentas bancarias para enfrentar la evasión y el lavado de activos; y en la presente década el objetivo común para consolidar la transparencia fiscal es identificar a los beneficiarios finales de las empresas en todo el mundo.

“Este es el fisco avanzando para construir mejores sociedades de nuestro mundo”, puntualizó.

Durante la reunión virtual, el Superintendente de la SUNAT destacó el importante rol que cumple el CIAT en promover el fortalecimiento institucional de las administraciones tributarias de la región, fomentando la cooperación internacional y las acciones conjuntas en materia de intercambio de experiencias y mejores prácticas.

Fuente: SUNAT

Sunat ahora permitirá que casi todas las declaraciones de impuestos se hagan por internet 😲😱

Mediante Resolución de Superintendencia N° 074-2020/SUNAT la Sunat ha dictado que ahora los contribuyentes podrán realizar las declaraciones juradas que determinen su deuda y obligación tributaria de manera totalmente virtual.

Esto significa que ahora las personas que deban declarar su deuda, sustituirla o rectificarla, podrán hacerlo sin la necesidad de tener que acercarse a una sede de Sunat.

Las empresas podrán ingresar al portal SOL y realizar estas declaraciones a través de los formatos PDT que provee la entidad en su página de declaraciones y pagos.

Katarzyna Dunin-Borkowski, directora del área tributaria de PwC, comenta que “esto también incluye las obligaciones tributarias relacionadas a EsSalud y la ONP, así como las deudas no tributarias con estas entidades, como los pagos del seguro obligatorio Vida Ley”.

Dunin-Borkowski aclara que “adicionalmente se han incluido las declaraciones juradas mensuales de la regalía minera, así como la declaración y pago trimestral de la regalia minera y del gravamen especial a la minería”.

“No se ha incluido es la declaración de deuda y obligaciones de carácter aduanero así como ciertos formularios específicos, como el de desmedro. Tampoco se incluyen a las reclamaciones y apelaciones que se quieran realizar contra resoluciones interpuestas por la Sunat”, agrega Dunin-Borkowski.

Dunin-Borkowski comenta que este es el primer paso hacía una digitalización que cree es necesaria que la Sunat adopte. Considera que en un futuro espera que se incluya la posibilidad de realizar reclamaciones mediante el portal web, así como la declaración del ITAN. “Esperamos que poco a poco vayamos avanzando”, comenta.

Fuente: gestion.pe

Sunat: ¿Cómo demostrar el origen del dinero en tu cuenta bancaria si tienes igual o más de S/10,000?

Si no has presentado ninguna declaración jurada a la Sunat y tienes igual o más de S/10,000 en tu cuenta de ahorros ten en cuenta esta información. Esta semana la Sunat anunció que las entidades financieras deberán entregarle la información de las cuentas de clientes y empresas con saldos iguales o mayores a S/10,000, con el fin de evitar la evasión y elusión fiscal.

Sin embargo, el intendente nacional de Estrategias y Riesgos de la Sunat, Palmer de la Cruz, ha explicado que la entrega de información financiera no implicará que necesariamente exista una evasión o elusión. Los datos solo servirán para cruzar información con las declaraciones que se hayan presentado.

«Por ejemplo, si tengo una cuenta de S/ 50,000 por un periodo permanente de tiempo y no tengo ninguna declaración ante la administración tributaria, lo que va hacer la Sunat -primero- es preguntarle al contribuyente, cuál es la fuente de origen de los S/ 50,000. Si el contribuyente tiene el sustento para acreditar ese fondo se dará por atendida la Sunat», comentó en RPP Noticias.

Pero, si no he emitido ninguna declaración ante la Sunat, ¿cómo debo demostrar el origen y legalidad de mis depósitos?

«Una persona con ciertos parámetros de responsabilidad podría prever todos los escenarios y tener un respuesta fidedigna para la administración tributaria (para justificar el origen de un depósito superior a los S/ 10,000). El problema es que la Sunat no se queda contenta o satisfecha únicamente con el dicho, sino que pide pruebas«, dijo Renzo Grandez, tributarista del estudio Payet, a Gestión.

El especialista indica que es probable que pidan documentos que el contribuyente probablemente no tenga a la mano, por ejemplo: Si el dinero que se encuentra en su cuenta de ahorros es producto de los intereses generados por un préstamo entonces le pedirán el contrato, o si el monto corresponde a la donación un inmueble le pedirán la escritura pública.

«Ahí radica el problema, si bien la Sunat va a tener una mayor posibilidad de pedir información a los contribuyentes, este no está acostumbrado al cumplimiento de estas formalidades», señala.

Si el dinero ahorrado en su cuenta es producto de años de trabajo, el experto señala que si el empleo fue formal hay manera de probarlo ante la Sunat.

“Si es dinero ahorrado en función a mi trabajo, sí tengo como probarlo, porque ese dinero ha tributado -si es que he trabajado para una empresa- tengo como agenciarme con documentación fehaciente que acredite el origen de ese dinero”, señala.

Pero en el caso de los trabajadores informales el caso es distinto pues al no tener un comprobante de pago «la Sunat va a poder cobrarle a este contribuyente todo lo que dejó de pagar al fisco».

Fuente: rpp.pe