El Gerente General puede estar en una empresa bajo un contrato de locación de servicios, con recibos por honorarios, la respuesta es afirmativa, toda vez que no obstante tener un cargo en la empresa, esto no significa que el gerente tenga una relación laboral con la misma. El Tribunal Fiscal se ha pronunciado en la RTF 17031-5-2011, señalando lo siguiente:Las funciones de dirección (como GG), no implican por si mismas la relación laboral, pues estas pueden brindarse bajo un contrato de servicios de naturaleza civil, por lo que no existe impedimento legal para la emisión de recibos por honorarios bajo rentas de cuarta categoría por el cumplimiento de funciones de asesoría en calidad de gerente general de una empresa”Por tanto, queda claro que un Gerente General sí puede trabajar para una empresa sin estar en planilla sino emitiendo recibos por honorarios bajo el concepto de “asesoría gerencial”, y que el hecho de ostentar un cargo no necesariamente implica un vínculo laboral, sin embargo esto dependerá de la existencia o no del elemento esencial de la subordinación, es decir, no se podrá aplicar esta figura para cualquier trabajador, siendo regla general su inclusión en la planilla de la empresa como trabajador.
¿El Gerente General puede emitir recibo de honorarios?
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