El Congreso de la República amplió, hasta el 31 de diciembre del 2021, el plazo de acogimiento para la reprogramación de créditos de consumo personales, hipotecarios para vivienda, vehiculares y micro y pequeña empresa del Programa de Garantías covid-19.
La finalidad de la norma es otorgar garantías del Gobierno Nacional a través del Programa de Garantías Covid-19, que incluye obligaciones crediticias con las empresas del sistema financiero. Para ello, es necesario que los beneficiarios registren una calificación de riesgo normal o con problema potencial, hasta el 29 de febrero.
Para que una Mype pueda optar por este beneficio es necesario que no tenga deudas exigibles ante la Sunat, específicamente en cobranza coactiva mayor a una UIT al 29 de febrero del 2020.
Cabe resaltar que las personas naturales y las Mype pueden acceder solo a uno de los beneficios brindados por el programa.
¿Cómo acceder a los beneficios?
Se debe presentar una declaración jurada a la empresa del sistema financiero. De no haber solicitado ni accedido a otros beneficios del Programa de Garantías Covid-19, Cofide será responsable de verificar el cumplimiento de las condiciones.
Por otro lado, no pueden acceder al Programa de Garantías Covid-19 las personas naturales o jurídicas que estén comprendidas en el ámbito de la Ley 30737, Ley que asegura el pago inmediato de la reparación civil a favor del Estado peruano en casos de corrupción y delitos conexos, así como de las personas jurídicas comprendidas bajo el ámbito de la decimotercera disposición complementaria final de la Ley 30737.
Aquí la Ley 👉 https://bit.ly/2TaxDVx
Fuente: La Ley