Sunat solo podrá acceder a información de cuentas bancarias con más de S/ 30,800

El ministro de Economía, Waldo Mendoza, anunció que el Gobierno emitirá una norma que establecerá algunos ajustes a la disposición de Sunat que le permite acceder a información de manera detallada sobre las cuentas de depósito de las personas que tengan montos iguales o mayores a S/ 10.000. Adelantó que ahora será para clientes del sistema bancario que tengan más de 30.800 soles.

Además, ahora la información bancaria ya no se enviará de manera mensual, sino semestral.

“Esta semana publicaremos un decreto supremo haciendo algunos ajustes (…) Nos parece más razonable y eso fue por escuchar al sector privado con el que siempre hay que dialogar”, dijo el ministro en dialogo con La República.

Como se recuerda, esta medida está establecida para evitar la elusión y evasión tributaria, razón por la que “el Perú tiene una presión tributaria baja. Desde 1970 hacia delante, estamos dando vueltas en alrededor del 14%”.

Fuente: Rpp.pe

Resolución Directoral del MEF los “Lineamientos para la Presentación y Atención de Consultas en materia contable por la Dirección General de Contabilidad Pública”.

Se ha publicado el 07 de agosto mediante Resolución Directoral Nº 014-2020-EF/51.01 del MEF los “Lineamientos para la Presentación y Atención de Consultas en materia contable por la Dirección General de Contabilidad Pública”, la cual entrara en vigencia el 08 de agosto.

Estos lineamientos son de obligatorio cumplimiento para las entidades del Sector Público del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales, Empresas Públicas, Organismos Constitucionalmente Autónomos y otras formas organizativas que administren recursos públicos.

https://bit.ly/2EXqlNg

Conoce los canales y horarios de atención del MEF

Pensando en la seguridad y bienestar de nuestros servidores y usuarios frente a la propagación del COVID-19, el Ministerio de Economía y Finanzas informa sobre sus canales y horarios de atención durante la actual Emergencia Sanitaria:

1. ATENCIÓN EN MESA DE PARTES PRESENCIAL:

· La Plataforma de Atención al Usuario del MEF en Lima y las sedes CONECTAMEF en las regiones que no se encuentran en aislamiento social obligatorio.

· De lunes a viernes de 10:00 a.m. a 7:00 p.m. (Decreto Supremo N° 116-2020-PCM).

· La atención presencial es de carácter excepcional y solo cuando no sea posible el envío de documentación a través de la Mesa de Partes Virtual.

2. ATENCIÓN POR CANALES NO PRESENCIALES:

Mesa de Partes Virtual:

· mesadepartes@mef.gob.pe

· Plataforma Nacional de Interoperabilidad del Estado (PIDE).

· De lunes a viernes de 8:30 a.m. a 4:30 p.m. Pasado este horario, los documentos serán registrados a partir del día hábil siguiente.

· Para mayor información ingresa aquí.

Atención de consultas:

· Central telefónica: (01) 3115930.

· consultas@mef.gob.pe

· De lunes a viernes de 8:30 a.m. a 4:30 p.m.

Atención de consultas y asistencia técnica CONECTAMEF:

· Celulares y correos del equipo CONECTAMEF.

· Directorio virtual: http://bit.ly/directorioconectamef

Solicitudes de Acceso a la Información Pública:

· Formulario virtual: http://www.mef.gob.pe/contenidos/SolicitudTransparencia/formulario/

Reclamos y quejas:

· Libro de Reclamaciones Virtual: http://www.mef.gob.pe/es/libro-de-reclamaciones

· Formulario Electrónico de Queja por Defecto por Tramitación: http://www.mef.gob.pe/es/formulario-de-quejas